5.Ética en
la suscripción de riesgos
5-1Introducción
Establecido el
marco de referencia de los principio generales éticos que deben estar presente
en el seguro del siglo XXI, nos ocupamos de abordar en este capítulo uno de los
principales conflictos éticos en el proceso que contratación de un seguro, el
de si la suscripción de riesgos es una actividad discriminante o es un proceso
de clasificación de riesgos previo y necesario para la medida de un riesgo.
No olvidemos
que nos encontramos ante un modelo de seguro privado y por tanto el acceso no
es universal. Un estudio de los EEUU reveló que si eliminara la condición de
pre-existencia en el seguro de salud
haciéndolo obligatorio los coste se incrementarían un 20%.
5-1 La
admisión de riesgos en el seguro.
El
trabajo de Pablo Rubio-Manzanares , La suscripción en los seguros de vida:
rumbo hacia la suscripción continua ( Rubio-Manzanares, P.La suscripción en los
seguros de vida: rumbo hacia la suscripción continua. TFM UC3M 2016) nos
recuerda que el término suscriptor guarda relación con el modo de escribir los
primeros contratos de seguros, estos hacían referencia a riesgos marítimos, donde un grupo de
propietarios depositaba fondos para el uso común en caso de producirse los
eventos asegurados, que solían consistir en daños en los barcos y a sus
mercancías en caso de tormentas o incendios. Cuando los asegurados individuales
que también asumían riesgos, endosaron los contratos a otros propietarios, nació
el concepto de suscripción.
El
proceso de suscripción de riesgos incorpora categorías que tratan de entender
la realidad integral del evento que queremos medir, elementos como el riesgo
moral, político, financiero, sociales, psicopersonales, comportamiento y
biológicos cuando así, por la naturaleza del riesgo,se requiera. Solo así se
podrá valorar la incertidumbre del suceso, cuanto más exhaustivo sea el proceso
de selección, mejor será el resultado técnico del grupo asegurado. El
asegurador deberá encontrar el equilibrio entre complejidad y facilidad
comercial del proceso de suscripción, evitando en todo caso el proceso de
selección de adversa o también conocido como la antiselección de riesgos que
podríamos definir como la desviación negativa en la probabilidad esperada de
los riesgos seleccionados.
Este
proceso requiere posicionamiento ético,
pues llegar a valorar o presuponer comportamientos de los asegurados, basados
en información asimétrica que pudieran suponer ventajas en la valoración de un riesgo, quiebran el principio de confianza mutua. Aún
más, aunque esta valoración sea realizada con evidencias y plenamente justificada para cumplir el
principio de homogeneidad de los riesgos ( pooling risk) que permitan que se
cumplan las hipótesis actuariales con las que están construidas las tarifas y
aún así no se resuelve el conflicto ético.
Cuando
pensamos en asimetría de la información, lo habitual es considerar que es el
asegurado el que juega con ventaja con el asegurador, sin embargo, una
perspectiva interesante no las aporta Juan Enríquez Cabot, director general de
Excel Venture Capital ,en Inese 6 de
mayo de 2016, quien sostiene el negocio del seguro de vida es un código
actuarial donde ustedes eran el casino y el otro estaba jugando y ustedes
tenían ventaja del 2%-3%. Desconocemos la justificación de esa cifra, pero nos
hace pensar si en efecto el mayor conocimiento técnico del actuario y de la
medicina del seguro de vida supone en sí mismo una asimetría favorable para el
asegurador. El propio Cabot nos dice que la tecnología aplicada al seguro de
vida derivará a posiciones de equilibrio de información.
El efecto de la
selección adversa y el riesgo moral puede de alguna manera ser mesurado y tal y
como decían en 1976 M. Rothschild y J. Stiglitz autores del primer trabajo
acerca de la selección adversa, se debe evitar que los riesgos más altos tomen
ventajas y que por el contrario los mejores riesgos subcompren o incluso no
compren seguros. Destaquemos también por su importancia el trabajo de Akerlof
de 1970 quien trató de la problemática de la información oculta en el
comportamiento del mercado, en la industria del seguro esta ventaja se refiere
a situaciones en las que el solicitante del seguro posee información acerca de
su salud que no facilita a la entidad aseguradora. Los efectos de la selección
adversa se manifiestan en lo que se conoce en la práctica aseguradora como siniestros tempranos, es decir, aquellos
que ocurren de manera anómala en los primeros años del contrato. En aquellos
mercados de seguros de vida que utilizan las denominadas Select Period Mortality Table, donde en el precio del contrato se
consideran los beneficios de la selección de riesgo durante un periodo, el
impacto económico de una selección inadecuada es mayor.
Los siguientes
dos cuadros nos ayuda a entender los
beneficios de la selección de riesgos de los seguros de vida, según sea el
nivel de complejidad del proceso de admisión en cuanto a requisitos de salud.
Estos resultados nos confirman que cuanto más requisitos médicos se solicitan
al asegurado, mayor será el resultado técnico, lo que nos introduce en el
dilema moral de si el estado de salud que no depende de la voluntad del
asegurado en términos generales, es un factor discriminante del seguro.
Esta asimetría
de información pudiera derivar en lo que se conoce como la espiral de la muerte
o círculo vicioso de la selección adversa, concepto que trata de recoger el
efecto que tienen determinadas situaciones en los resultados de la aseguradora.
En este caso si los solicitantes de una determinada aseguradora no están
obligados a informar del estado de salud y esta situación de ventaja es
conocida por el mercado, esta entidad incorporará riesgos a su cartera con
insuficiencia de prima, el riesgo promedio de la cartera se incrementa, lo que
redunda en resultados técnicos negativos que a su vez significa elevar los
precios de la cartera para volver a situaciones de equilibrio técnico. Esta
subida de precios expulsa a los mejores riesgos hacia otras entidades con
mejores precios para el mismo perfil de cliente, de tal suerte que se inicia
una espiral de adhesión de malos riesgos, subida de precios, expulsión de los
riesgos buenos que llevará a la entidad a situaciones de insolvencia o
simplemente a abandonar el mercado. En el
análisis del riesgo debemos hablar del Return to the average, todo debe volver
a la media, y así se establece la sobreprima mutualizada o pooling actuarial
de riesgos
Todo
el proceso de suscripción de riesgos está sometido al contraste ético, desde la información de salud que debe aportarse
considerada como relevante para aseguradora para celebrar un contrato de seguro, el acceso
a los registros de salud por las aseguradoras, los datos personales públicos en
redes sociales y su uso, información genética, historial familiar de salud….,
todo ello puede desproteger al ciudadano en su intimidad personal o familiar, y
derivar en actos discriminatorios.
Este
nuevo escenario está obligando a redefinir las guías de suscripción de riesgos
tradicionales donde el informe médico del solicitante ( Attending Physician Statement
–APS) o los cuestionarios de salud como elementos centrales de la medicina del
seguro privado están dando paso a nuevos modos de suscripción como es la
telesuscripción de riesgos, introducida en España a comienzo de siglo XXI y
esta a su vez a evolucionado hacia los
modelos predictivos de suscripción automatizada cuyas primeras experiencias se
han incorporado en la industria en los primeros años de esta primera década del
Siglo XXI. Y el siguiente escenario será
el proceso de suscripción continuada y además prescriptiva del que hablaremos en un capítulo específico.
La
normativa de protección de datos europea y nacional nos resuelve parte de los
conflictos al evitar situaciones de
desamparo del asegurado, como es el abuso de información, la falta de
consentimiento de los datos de salud, la cesión de datos a terceros, con el fin
último de garantizar al ciudadano el control de sus datos y que las entidades
no tomen ventaja en la celebración de
contratos mercantiles. Esta protección se antoja más urgente en el denominado
mercado común digital.
Menos
conocida es la selección adversa en las rentas vitalicias, citemos dos estudios
que han analizado este efecto. Finkelstein y Poterba (2004) señalan que hay
muchas dimensiones en el que la selección adversa se produce en el mercado de
rentas vitalicias. Examinaron en concreto
tres dimensiones:
-La
cantidad de cobertura adquirida en el contrato.
- El grado de respaldo de carga de los pagos.
-Si el pensionado elige un contrato que
proporciona pagos a su patrimonio en el
caso de su muerte.
El
estudio concluye que hay poca diferencia en la cantidad de cobertura adquirida
por los individuos de alto y bajo riesgo. Sin embargo, una fuerte evidencia de
que se descubre a lo largo de las características de los rentistas
seleccionados de los contratos
ofrecidos por las compañías de seguros. Pensionados con una esperanza de vida más larga son más propensos a comprar una póliza con mayor pago anual (ya que se espera vivir
más tiempo), y son mucho menos propensos a elegir una póliza que ofrezca un pago garantizado para sus bienes en caso de su muerte.
Otro
estudio de Cannon y Tonks (2006), concluyo
que las personas que esperan vivir más tiempo son más propensos a comprar
anualidades, pero los proveedores de rentas vitalicias conocen estos incentivos ( sesgo) y el precio se
ajusta para dar cabida a la selección
adversa . Esto da lugar a algunas personas con la esperanza de vida más corta
sean excluidas del mercado.
5-3
La necesidad de la selección de riesgos
En
diferentes organismos internacionales han avalado la necesidad de la
suscripción de riesgos para su medida posterior. Nos interesa particularmente
por el contexto en el que se ha realizado la formulada por el Consejo de Europa en el documento Consultation
of predictivity, genetic testing and insurance
afirma que : “Las compañías recogerán datos de los solicitantes de
seguros con el objetivo de evaluar su riesgo y decidir si y en qué condiciones,
ofrecerán el seguro ( suscripción). Cuando existan contratos de seguro donde el
riesgo sobre la salud juegue un rol determinante ( es decir, salud, minusvalía,
enfermedades críticas, etc.), los datos recogidos estarán relacionados con el
estado de salud del solicitante así como todos los datos que pueden afectar a
su estado de salud”
El
reconocimiento de selección de riesgos por el Consejo de Europa, despeja la
sombra que siempre existe sobre si es en sí mismo un proceso discriminante,
cosa distinta es el contenido de cada variable, aunque el citado documento nos
diluye el debate ético.
El
Banco Mundial, también ha tomado
postura, en su informe The Role of the underwriter in insurance ( Macedo L, The
Role of Underwriter in insurance, www.worldbank.org) contribuye a definir
la obligaciones de los suscriptores, y así estas deben ser:
• Actuar adecuadamente, siguiendo un
criterio objetivo y según un juicio adecuado, en la toma de decisiones en el
proceso de sucripción.
• Según los principios de clasificación
de riesgos que establecen, con justicia y un criterio adecuado.
• Toda la información relacionada con
el proceso de suscripción con total confidencialidad
• Cumplir con la ética y la legislación
de la industria del seguro en cada territorio, particularmente en lo referente
a clasificación de riesgo, privacidad y reporting
• Evitar cualquier decisión referente
al proceso de suscripción que vulnere la independencia y sin desviaciones.
• Proveer información al área de ventas
con el objetivo de colaborar en el adecuado proceso de selección de riesgos y
decisión de la suscripción de la póliza.
• Mantener un adecuado nivel de
formación
• Proveer información pública sobre el
proceso de suscripción, con el objetivo de que los clientes sean conocedores de
los principios y norma sobre los que se sustentan las decisiones de los
suscriptores.
La
mera referencia al cumplimiento con la ética, refuerza el propósito del trabajo
de interaccionar ética con el riesgo en el seguro. El resto de principios del
Banco Mundial no hace sino facilitar el entendimiento de ambas disciplinas.
Por
tanto podemos derivar que el proceso de selección de riesgo está reconocido por
la sociedad y distintas legislaciones como necesaria para la adecuada medida de
las contingencias. En este proceso de la
eventual asimetría de información que tiene su origen en el principio
asegurador de máxima buena fe, emerge el debate de aquella información que el
asegurador precisa para evaluar el riesgo y que el solicitante no aporta, bien
de manera inconsciente o lo que podríamos denominar de forma dolosa. La controversia es de tal intensidad que el FOS británico (Financial Ombudsman Service) ha indentificado cuatro tipos de omisión de la información en el declaración de riesgos: deliberada, imprudente, inocente y accidental.
De la lectura
del cuadro anterior, podemos evidenciar que en el proceso de admisión de
riesgos guarda relación con presupuestos éticos que acompañan a las consideraciones
técnicas de claridad, complejidad y transparencia de las cuestiones previas a
las que se somete al solicitante de una cobertura de seguro.
En el siguiente
cuadro elaborado por Swiss Re, se recoge de manera precisa todos los elementos
que interaccionan de la determinación de
la tarifa exacta y donde queda explicitado la problemática ética:
José Miguel Rodríguez-Pardo