jueves, 13 de agosto de 2009

el personal sanitario no puede negarse a practicar un aborto

PATRICIA MARTÍN
MADRID
El titular de Justicia, Francisco Caamaño, irritó ayer al colectivo médico al sugerir que el personal sanitario no puede negarse a practicar un aborto, derecho que el Tribunal Constitucional le otorgó hace más de 20 años. El ministerio matizó después las palabras del dirigente con una nota «aclaratoria» en la que explicaba que el ministro se refería, en una entrevista concedida a Europa Press, a la objeción de conciencia en general y a su necesidad de que sea regulada por las Cortes para evitar que pueda confundirse con la deso-bediencia civil.
Los periodistas que realizaron la entrevista aseguraron a este diario que, después de plantear al ministro varias cuestiones sobre la reforma de la ley de interrupción voluntaria del embarazo, le preguntaron literalmente: «Otro de los temas a debate es la creación de un registro de médicos objetores. ¿Qué le parece?». La respuesta del titular de Justicia (grabada por una cámara) fue la siguiente: «En nuestro país no hay más objeción de conciencia que aquella que está expresamente establecida en la Constitución o por el legislador en las Cortes generales. Todos estamos sometidos a la ley. Las ideas personales no pueden excusarnos del cumplimiento de la ley porque, si no, nos llevaría en muchísimos temas, en este y otros muchos, a la desobediencia civil».

SENTENCIA DEL SUPREMO / A continuación, Caamaño admite que «hay supuestos en los que debe haber objeción de conciencia», pero subraya que este derecho «debe expresamente ser regulado por el único órgano constitucional que puede regular los derechos fundamentales de los ciudadanos, que se llama Cortes generales. Allí donde no hay una ley que lo permita, estoy con el Tribunal Supremo y su sentencia en materia de Educación para la Ciudadanía».
El comunicado de Justicia, emitido horas después de que se difundiera la entrevista, incide en la misma idea de que el Parlamento debe regular la objeción de conciencia en términos generales. Sobre la reforma de la ley del aborto, el texto tan solo reseña que el anteproyecto no dice nada sobre ese tema y, por tanto, «el Gobierno no tiene la más mínima voluntad de alterar la situación actual». Es cierto que la norma no habla de la objeción, pero no cierra la puerta a la misma al establecer que el comité clínico que tiene que autorizar la intervención en algunos supuestos no puede estar integrado por «quienes se hayan manifestado contrarios a la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo». En este sentido, el informe favorable a la ley elaborado por la comisión del Consejo General del Poder Judicial pero que después no fue aprobado aconseja que el Gobierno aclare esta frase y que se cree un registro de médicos objetores de conciencia.
La interpretación inicial de las palabras del ministro despertó el rechazo del colectivo sanitario. El presidente de la Organización Médica Colegial (OCM), Juan José Rodríguez Sendín, declaró a la misma agencia que el derecho a objetar se va a respetar «por las buenas o por las malas». Sendín recordó que esta facultad, al igual el mandato de «no matar, no intervenir en torturas y no delatar a los pacientes», forma parte de la medicina «desde hace más de 40 años».

LA REGULACIÓN / «Cuestionar algo que forma parte de la libertad ideológica de los médicos en lugar de facilitar las cosas no es el buen camino», añadió. La OMC recordó que otros países han incluido en la regulación del aborto la objeción de conciencia, y agregó que ha solicitado que se haga lo mismo en España «para evitar enfrentamientos». La Federación Internacional de Médicos Católicos también expresó su rechazo a la opinión manifestada por Caamaño.


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