viernes, 23 de marzo de 2012

El genoma humano: ¿el futuro de vida y salud?




Artículo publicado en Revista Aseguradores del Consejo General de los Colegios de los mediadores de Seguros de marzo de 2012 ,número 432.

La dirección es http://www.mediadoresdeseguros.com/cms/comunicacion/revista

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El 26 de junio de 2000, Francis Collins y Graig Venter leían en la Casa Blanca, sendos discursos en los que anunciaban públicamente la secuenciación completa del genoma humano. Este hecho, fue calificado como un punto (hito) histórico en los cien mil años de humanidad.
En el proyecto se habían invertido 300 millones de dólares así como años de investigación de centenares de científicos. Fueron necesarios además 100.000 ordenadores funcionando a la vez. El Genoma Humano, tres mil millones de nucleótidos los que se quieren aislar y tipificar uno a uno. La información del ADN de dos individuos cualquiera es idéntica, pero hay un 0´1 % de diferencia que representa varios millones de variaciones.
El año 2009 se consiguió la secuenciación completa del genoma con un coste de 49.000 dólares y tan solo 3 científicos y 4 ordenadores secuenciando a la vez.
Las últimas previsiones sitúan en el año 2015 como el momento en que el genoma de una persona podrá ser obtenido por 1000 dólares con tan solo un técnico, un ordenador y disponible en tan solo treinta minutos. En esta fecha se habrá secuenciado el genoma de 50 millones de personas, cuando el año 2011 terminó con 50.000 secuenciaciones.
Se espera que para el año 2025 todos los individuos de los países avanzados tengan su Genoma secuenciado, la significación clínica que aparezca en el mismo estará traducida y seguramente no podrá ser valorado por un médico si no tiene todos estos datos en su poder. Esto se aplicaría seguramente desde el momento del nacimiento y se convertirá en un documento nacional médico, según nos dice Miguel Lucas- Tomás de la Real Academia de Medicina.
El vertiginoso incremento del conocimiento adquirido en la genómica, que se duplica cada dos años, nos debe llevar a plantearnos como queda afectado el seguro de vida y la salud.
Como muy acertadamente nos dice el jurista uruguayo Gross Espiel “¿Qué va a pasar cuando las investigaciones sobre el genoma permitan reducir el margen de lo desconocido y aumenten el margen de lo relativamente cierto?. Esto es lo que me permite afirmar que se ha producido una revolución no solamente científica sino también moral, ética, jurídica y filosófica sobre el carácter y los límites de la vida humana”
Esta revolución en el ámbito de actuación del seguro de vida, verá como quedan alterados los fundamentos esenciales de un riesgo que es inherente a la naturaleza humana y cuya medida central es la edad cronológica en un espacio temporal limitado al límite biológico de la especie humana.
Los diagnósticos genéticos que se enmarcan dentro de la denominada medicina predictiva, suponen una alteración sustancial de los procesos de admisión y determinación de la prima del seguro.
Si la medicina tradicional se ocupa de las personas solo cuando han desarrollado una enfermedad, y nos consideramos sanos si somos asintomáticos, en la medicina predictiva la enfermedad ya no es aleatoria, ni es inevitable y por ello la responsabilidad de la aparición de una enfermedad se deberá a una conjunción de factores genéticos, de elección personal, al menos en parte, del estilo de vida y de factores ambientales.
Esta medicina preventiva con terapias personalizadas en España tan solo es asumida por el 1% de la población, sin embargo en Estados Unidos ya es considerada por el 20% de sus ciudadanos.
El concepto mismo del diagnóstico aplicado a personas con síntomas de una enfermedad, queda cuestionado y así ¿podemos considerar enfermo o sano a una persona que tiene un 60% de probabilidad padecer cáncer de colón?.
Algunos autores hablan de pre-enfermedad y por tanto se trata de identificar los precursores precoces y a largo plazo, tanto biológicos como sociales y psicológicos, de la enfermedad. (National Research Council, 2001. Prioridades temáticas para integrar las ciencias sociales, comportamentales y biológicos en los Institutos Nacionales de Salud de EEUU).
Un gen deletéreo -defectuoso- provoca en la mayoría de los casos una predisposición a padecer una enfermedad que no se debe confundir con una predeterminación a la enfermedad, este fenómeno se conoce como penetrancia incompleta, así por ejemplo, la mutación del gen BRAC1 supone un riesgo para la mujeres de padecer cáncer de mama a lo largo de su vida de un 80% y de cáncer de ovario de un 50%.
El estado actual de la predictivilidad del riesgo genético se basa en la regla “riesgo-carga-intervención” como nos dice uno de los responsables de la codificación del genoma humano Francis Collins en su libro El lenguaje de la vida:
• Riesgo es la medición de los genes deletéreos en relación con la media poblacional. El riesgo relativo total es la multiplicación de los resultados individuales de cada gen deletéreo.
• Carga, es la importancia de una enfermedad en cuanto a si puede llegar a ser mortal o puede llegar a producir trastornos graves.
• Intervención, es decir el conjunto de acciones preventivas que puede hacer un individuo para “evitar” contraer la enfermedad.
La citada prevención se articula sobre el mantenimiento de estilos de vida saludables, como la dieta y el ejercicio, chequeos periódicos preventivos y medicación preventiva.
Se sabe que la edad cronológica, basada en la edad del año de nacimiento, no es la correcta medida del grado de envejecimiento de un individuo. Por otra parte, conocemos que mediante determinados biomarcadores se puede medir, en un momento determinado, el grado de envejecimiento de una persona, como es el caso de los telómeros que según las últimas investigaciones pueden explicar un 80% del grado de envejecimiento y permite obtener la verdadera edad biológica.
Los telómeros son los extremos de los cromosomas y están constituidos por series repetitivas de ADN no codificante; los telómeros están implicados en numerosas funciones celulares relacionadas con la estabilidad de los cromosomas y la división celular.
Actúan como “reloj biológico”, pues cada vez que la célula se divide, sus telómeros se acortan, hasta llegar a un punto donde son tan cortos que la célula deja de dividirse y entra en un estado de senescencia donde deja de funcionar.
La relación entre el acortamiento de los telómeros y la aparición de enfermedades degenerativas o el envejecimiento común de los seres vivos están demostrados desde hace años.
Por otra parte en un estudio reciente publicado en PLoS ONE, en enero de 2012, los investigadores se propusieron averiguar qué variantes genéticas son determinantes en la supervivencia humana más allá de los 100 años de edad. Para ello, y gracias a un método de estadística bayesiana, determinaron variantes genéticas que puedan ser utilizadas para categorizar a los centenarios.
El modelo fue capaz de predecir la longevidad excepcional con una precisión de entre el 60 y el 85%, dependiendo de la edad media de la muestra de replicación utilizada.
Por tanto vemos como se están identificando biomarcadores que nos van permitir medir la edad biológica de un individuo e incluso la esperanza de vida desde el grado de envejecimiento biológico de una persona.
Y por ello la industria del seguro debe entender cómo queda afectada ante este nuevo campo de conocimiento que tiene su origen en el genoma humano.
Pero este nuevo escenario debe tener un marco jurídico adecuado para garantizar la no discriminación por razones genéticas con ocasión de la contratación de un seguro de vida o salud.
El desarrollo legislativo en el marco internacional es diverso y con diferentes soluciones, si bien se pueden agrupar en dos visiones una la de no permitir como elemento de admisión al contrato la realización de pruebas genéticas, y otra, la de conocer el resultado de pruebas genéticas previas al contrato cuando el solicitante desee contrata sumas aseguradas muy elevadas, este sería en caso del Reino Unido.
El 21 de Mayo del 2008, el Presidente Busch firmó el “Genetic non discrimination Act” que es una ley federal que protege a los ciudadanos de la mala utilización de su información genética: “No se podrá solicitar o exigir al que opte a un puesto de trabajo o una póliza de seguros de la realización de pruebas genéticas ni utilizar los datos de estas pruebas, ni de ellos ni de sus familiares, para conceder o no esas peticiones”.
Este artículo es oportuno en el tiempo, pues el marco jurídico del contrato de seguro en relación con la medicina predictiva va a quedar regulado próximamente por el Consejo de Europa, el gobierno de España razonablemente ratificará el documento final mediante la figura de Tratado Internacional que debe modificar el Convenio de Oviedo de abril de 1999 que ya regula esta materia.
Por ello, el Comité de Bioética del Consejo de Europa, ha elaborado el Consultation Document on Predictivity, Genetic Testing and Insurance, que se encuentra en fase de consulta a los principales actores intervinientes del mercado asegurador. El Comité de Bioética inició sus trabajos, en relación con este asunto, en diciembre de 2007 en la 33ª sesión plenaria decidiendo abordar la problemática de las pruebas genéticas y exámenes médicos en el contexto del seguro.
El Consejo de Europa considera el término “Predictivo” como un concepto amplio que se refiere a la capacidad de conocer algo con antelación. En el campo de la biomedicina, se refiere a la capacidad de evaluar la probabilidad de la aparición o del desarrollo de una enfermedad que todavía no se ha manifestado.
Esta capacidad de predicción debe ser distinguida de conceptos tales como la resistencia con respecto a una enfermedad en particular. También es diferente el pronóstico individual de una persona afectada por una enfermedad que ya se encuentre expresada.
Hay que destacar una serie de características respecto a los datos resultantes de las pruebas genéticas. Estos datos proporcionan información sobre las características genéticas individuales de la persona a la que se realiza la prueba, pero también, eventualmente, las características de los miembros de familia biológica de la persona.
En la ausencia completa de síntomas, los resultados, posiblemente, pueden proporcionar información sobre la persona en cuestión de salud en el futuro. Su valor predictivo en relación con el desarrollo de enfermedades sigue siendo muy variable y, en la mayoría de los casos, limitada, debido a la diversidad de factores no genéticos que se incluyen y la complejidad de sus mutuas interacciones.
El informe sometido a consulta nos dice que, desde el punto de vista actuarial la evaluación de los riesgos sobre datos predictivos, no es clara su validez, pues, entre otras cuestiones, las medidas terapéuticas y preventivas de una enfermedad en particular pueden reducir o incluso suprimir un riesgo.
Como conclusión podemos afirmar que el genoma humano, en el marco de la medicina predictiva, esta llamado a tener un protagonismo esencial en las terapias de la medicina y por ello el seguro de vida y salud puede verse alterado en sus elementos esenciales, y dispondrá de un marco jurídico adecuado. El documento del Consejo de Europa debe facilitar la labor de los aseguradores y garantizar que el solicitante de un seguro no sea discriminado por razón de su patrimonio genético.


José Miguel Rodríguez-Pardo.